Descripción: 

El alumnado de P3 a 4º de ESO escolarizado en centros públicos y concertados de familias con ingresos por debajo de los umbrales establecidos en la convocatoria puede solicitar la ayuda individual de comedor a través de su centro educativo.

En la ciudad de Barcelona estas ayudas son gestionadas por el Consorcio de Educación de Barcelona, mediante convocatoria pública. En el resto de municipios de Cataluña, las ayudas individuales de comedor son gestionadas por los consejos comarcales.
 

Requisitos: 

- Edad: Alumnado de enseñanza obligatoria y de segundo ciclo de educación infantil de centros educativos sufragados con fondos públicos para el curso 2024-2025 de la ciudad de Barcelona.

- Empadronamiento: Sí.

- Documentación necesaria: DNI/NIE/Pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años. Es un campo obligatorio, sin esta información no podrá cumplimentar la solicitud.

- Ingresos: El umbral se calculará en función de los miembros computables de la unidad familiar y por la agregación de las unidades de consumo que se detallan a continuación:

 

Miembros de la unidad familiar Nivel de renta
(Tramo garantizado 70%)
Nivel de renta
(Tramo garantizado 100%)
Primer adulto (sustentadores principales) 11.840,60 € 7.104,36 €
Segundo adulto (sustentadores principales) 5.920,30 € 3.552,18 €
Por cada niño/a de la unidad familiar 3.552,20 € 2.131,32 €

 

Si la renta familiar de 2023 no supera estos umbrales, se concederá una ayuda del 70% o 100% del coste del servicio de comedor, que no podrá superar en ningún caso el precio máximo establecido por el Departamento de Educación. Debe fijarse este umbral como requisito de acceso a la convocatoria. Aquellas solicitudes que estén por encima de estos umbrales, constarán como denegadas.

En el caso de la ayuda del 100%, será preceptivo que el alumno esté en seguimiento por parte de los servicios sociales mediante el cual se acreditará la existencia de una necesidad social de esta familia. Es necesario que el alumnado esté incluido en un plan de intervención o trabajo por riesgo de exclusión social.

También serán beneficiarios de una ayuda del 100% del importe del comedor los alumnos que forman parte del Plan de choque contra la segregación, por la igualdad de oportunidades y el éxito educativo, y el alumnado con reconocimiento de vulnerabilidad.

En el caso de los negocios, el umbral de ingresos es de 155.000€. Podrán optar a las ayudas las unidades familiares con ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva obtenidas por los miembros computables de la unidad familiar. También los ingresos procedentes de una participación del conjunto de los miembros computables igual o superior al cincuenta por ciento en actividades económicas desarrolladas a través de entidades sin personalidad jurídica o en cualquier otra clase de entidad jurídica, una vez aplicados a los ingresos totales de las actividades el porcentaje de participación de éstas.

- Patrimonio: Podrán optar a las ayudas las unidades familiares en las que la suma de los valores catastrales de las fincas urbanas de los miembros computables que componen la unidad familiar, excluida la vivienda habitual, no supere los 42.900 euros (13.130 euros en el caso de las fincas rústicas).

 

Por otra parte, la suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales pertenecientes a los miembros computables de la familia, excluyendo las subvenciones recibidas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual y, en su caso, la renta básica de emancipación y el bono cultural joven no podrá superar 1.700 euros.

 

Asimismo, no se tendrán en cuenta aquellas prestaciones económicas de urgencia social, otorgadas por administraciones públicas, que tengan por finalidad atender situaciones de necesidades puntuales, urgentes y básicas, de subsistencia, como por ejemplo la alimentación, el vestido y el alojamiento y que hayan sido debidamente acreditadas.

- Discapacidad reconocida: El alumnado con una discapacidad acreditada superior o igual al 33%, podrán percibir una ayuda del 100% del coste del servicio del comedor si la unidad familiar no supera los siguientes umbrales de renta:
 

Miembros de la unidad familiar Nivel de renta
(Tramo garantizado 100%)
Primer adulto (sustentadores principales) 29.601,50 €
Segundo adulto (sustentadores principales) 14.800,75 €
Por cada niño/a de la unidad familiar 8.880,50 €

 

Importe y periodicidad: Se otorgan ayudas ordinarias de 5,07€ y también extraordinarias hasta un máximo de 7,25€ para las rentas más bajas y alumnos con discapacidad superior o igual al 33%. Estos importes corresponden al 70% y 100% del precio máximo del servicio de comedor establecido por el Departamento de Educación para aquellos centros que tienen un espacio de mediodía con una duración de dos horas y media total.

En el caso de los centros que tienen un espacio de mediodía con una duración máxima de dos horas, las ayudas ordinarias serán de 4,81 € y las extraordinarias de 6,87 € para las rentas más bajas y alumnos con discapacidad superior o igual al 33%.