Descripción: 

El bono social eléctrico es un descuento que aplican las compañías comercializadoras del mercado regulado en la factura de la electricidad. Está regulado por el Gobierno de España y tiene por objetivo proteger a aquellos consumidores con un umbral de renta bajo y/o con otras vulnerabilidades.

El bono social eléctrico debe solicitarlo el titular del contrato a alguna de las compañías comercializadoras del mercado regulado de la electricidad.

Requisitos: 

- Empadronamiento: La persona que solicita el bono social eléctrico debe ser la titular del contrato y debe estar empadronada en la vivienda que recibe el suministro, en cualquier municipio del estado español.

- Ingresos: Los ingresos del año natural anterior determinan la situación de vulnerabilidad y permiten fijar el tipo de descuento. La referencia es el IPREM vigente, el indicador público de renta de efectos múltiples del Estado. La persona o unidad de convivencia será considerada como vulnerable o vulnerable severa en función de su nivel de ingresos.

a) Tabla de ingresos anuales para considerar una unidad de convivencia como vulnerable:

 

 

 

Sin menores a cargo

Un menor a cargo

Dos menores a cargo

Una persona adulta

Caso general

12.600 €

16.800 €

21.000 €

Condición especial(*)

21.000 €

25.200 €

29.400 €

Dos personas adultas

Caso general

15.120 €

19.320 €

23.520 €

Condición especial(*)

23.520 €

27.720 €

41.920 €

Tres personas adultas

Caso general

17.640 €

21.840 €

26.040 €

Condición especial(*)

27.440 €

31.640 €

35.840 €

Cuatro personas adultas

Caso general

20.160 €

24.360 €

28.560 €

Condición especial(*)

28.560 €

32.760 €

36.960 €

Cinco personas adultas

Caso general

22.680 €

26.880 €

31.080 €

Condición especial(*)

31.080 €

35.280 €

39.480 €

Tabla de elaboración propia con datos de la página del Bono social eléctrico del Gobierno de España y de la CNMC.

Para realizar los cálculos de los umbrales de ingresos se asigna 1,5 veces el IPREM a los solicitantes individuales y se incrementa 0,5 veces por cada menor y 0,3 veces por cada adulto de la unidad de convivencia. También se incrementa el IPREM 1 vez si algún miembro de la unidad de convivencia cumple alguna condición especial. El IPREM aplicado es el del año 2023 (8.400 €/año en 14 pagas).

* La condición especial se produce cuando algún miembro de la unidad familiar:

  • Tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

  • Tiene la condición de víctima de violencia de género.

  • Tiene la condición de víctima de violencia de terrorismo.

  • Tiene reconocido un grado de dependencia II o III.

  • Tiene la condición de familia monoparental (está integrada por un único progenitor y al menos un menor).

b) Familias Numerosas: Las unidades de convivencia con el título de familia numerosa se consideran vulnerables y tienen derecho al bono social eléctrico, sin límite de renta.

c) Personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital: Todas las unidades de convivencia beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital se consideran vulnerables y tienen derecho al bono social eléctrico. 

d) Unidades de convivencia con todos los miembros perceptores de una pensión mínima: Las unidades de convivencia con todos los miembros perceptores de una pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente se consideran vulnerables y tienen derecho al bono social eléctrico, si no tienen otros ingresos superiores a los 500 euros anuales.

Importe y periodicidad: 

El bono social de electricidad es un descuento sobre la factura eléctrica dirigido a unidades de convivencia vulnerables. Los descuentos que se aplican son los siguientes:

  • Descuento del 25% para todas las familias vulnerables. De forma excepcional, el descuento es del 65% hasta el 31 de diciembre de 2023.

  • Descuento del 40% para familias vulnerables severas. De forma excepcional, el descuento es del 80% hasta el 31 de diciembre de 2023.

Para considerar a una unidad de convivencia como vulnerable severa debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Que sus ingresos no superen el 50% de los umbrales fijados para las unidades de convivencia vulnerables.

  • En el caso de las familias numerosas tendrán un umbral de ingresos de 16.800 €/año (dos veces el IPREM).

  • En el caso de las unidades de convivencia con todos los miembros con una pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente, el umbral de ingresos será de 8.400 €/año (igual en el IPREM).

Además, las personas que cumplan los requisitos para ser consumidoras vulnerables severas y sean atendidas por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de la factura, serán consideradas “consumidoras en riesgo de exclusión social”, y su suministro no podrá ser interrumpido.

Las personas beneficiarias del bono social eléctrico también serán beneficiarias del bono social térmico, sin necesidad de realizar ningún trámite.

Para más información: 

Realizar simulación

Ajuntament de Barcelona

Govern d'Espanya

Las personas residentes en la ciudad de Barcelona, también se pueden dirigir a los Puntos de Asesoramiento Energético, que son un servicio del Ayuntamiento de Barcelona que ofrece la información, la atención y la intervención necesarias para que las personas puedan ejercer sus derechos energéticos y las compañías no les nieguen el acceso a los suministros básicos.
os trámites para solicitar el bono social eléctrico deben realizarse directamente con la comercializadora de referencia. Se pueden realizar por diferentes vías:
  • Telemáticamente, a través de los formularios online.
  • Por correo electrónico, adjuntando una copia de la solicitud y la documentación requerida.
  • Presencialmente, rellenando la solicitud y presentando toda la documentación requerida en la oficina más cercana.
  • Por correo postal, rellenando el formulario en papel y enviándolo con la documentación solicitada a la dirección de la empresa comercializadora.
Se pueden consultar las comercializadoras de mercado regulado en Cataluña que disponen del bono social eléctrico y sus datos de contacto haciendo clic aquí
La gestión del bono social eléctrico debe solicitarla la persona titular del contrato del suministro eléctrico, y es obligatorio que el contrato sea con una de las comercializadoras de mercado regulado.
En caso de que la persona solicitante no sea titular del contrato de electricidad o no tenga contratado el suministro eléctrico con ninguna de las compañías del mercado regulado se pueden solicitar estos trámites en el mismo momento de solicitar la bonificación. El cambio será automático y gratuito con la aplicación del bono social.
Documentación necesaria para la tramitación:
  • Fotocopia del DNI/NIE del titular del suministro y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años y el libro de familia en su caso.
  • Modelo de solicitud y una factura del suministro eléctrico.
  • Certificado de empadronamiento de los miembros de la unidad de convivencia.
  • Títulos de familia numerosa y/o monoparental, en su caso.
  • Certificado de percepción del Ingreso Mínimo Vital emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en su caso.
  • Certificado correspondiente para acreditar las condiciones especiales (discapacidad, dependencia, violencia de género).