El bono social eléctrico es un descuento que aplican las compañías comercializadoras del mercado regulado en la factura de la electricidad. Está regulado por el Gobierno de España y tiene por objetivo proteger a aquellos consumidores con un umbral de renta bajo y/o con otras vulnerabilidades.
El bono social eléctrico debe solicitarlo el titular del contrato a alguna de las compañías comercializadoras del mercado regulado de la electricidad.
- Empadronamiento: La persona que solicita el bono social eléctrico debe ser la titular del contrato y debe estar empadronada en la vivienda que recibe el suministro, en cualquier municipio del estado español.
- Ingresos: Los ingresos del año natural anterior determinan la situación de vulnerabilidad y permiten fijar el tipo de descuento. La referencia es el IPREM vigente, el indicador público de renta de efectos múltiples del Estado. La persona o unidad de convivencia será considerada como vulnerable o vulnerable severa en función de su nivel de ingresos.
a) Tabla de ingresos anuales para considerar una unidad de convivencia como vulnerable:
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Sin menores a cargo |
Un menor a cargo |
Dos menores a cargo |
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Una persona adulta |
Caso general |
12.600 € |
16.800 € |
21.000 € |
Condición especial(*) |
21.000 € |
25.200 € |
29.400 € |
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Dos personas adultas |
Caso general |
15.120 € |
19.320 € |
23.520 € |
Condición especial(*) |
23.520 € |
27.720 € |
41.920 € |
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Tres personas adultas |
Caso general |
17.640 € |
21.840 € |
26.040 € |
Condición especial(*) |
27.440 € |
31.640 € |
35.840 € |
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Cuatro personas adultas |
Caso general |
20.160 € |
24.360 € |
28.560 € |
Condición especial(*) |
28.560 € |
32.760 € |
36.960 € |
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Cinco personas adultas |
Caso general |
22.680 € |
26.880 € |
31.080 € |
Condición especial(*) |
31.080 € |
35.280 € |
39.480 € |
Tabla de elaboración propia con datos de la página del Bono social eléctrico del Gobierno de España y de la CNMC.
Para realizar los cálculos de los umbrales de ingresos se asigna 1,5 veces el IPREM a los solicitantes individuales y se incrementa 0,5 veces por cada menor y 0,3 veces por cada adulto de la unidad de convivencia. También se incrementa el IPREM 1 vez si algún miembro de la unidad de convivencia cumple alguna condición especial. El IPREM aplicado es el del año 2023 (8.400 €/año en 14 pagas).
* La condición especial se produce cuando algún miembro de la unidad familiar:
-
Tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
-
Tiene la condición de víctima de violencia de género.
-
Tiene la condición de víctima de violencia de terrorismo.
-
Tiene reconocido un grado de dependencia II o III.
-
Tiene la condición de familia monoparental (está integrada por un único progenitor y al menos un menor).
b) Familias Numerosas: Las unidades de convivencia con el título de familia numerosa se consideran vulnerables y tienen derecho al bono social eléctrico, sin límite de renta.
c) Personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital: Todas las unidades de convivencia beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital se consideran vulnerables y tienen derecho al bono social eléctrico.
d) Unidades de convivencia con todos los miembros perceptores de una pensión mínima: Las unidades de convivencia con todos los miembros perceptores de una pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente se consideran vulnerables y tienen derecho al bono social eléctrico, si no tienen otros ingresos superiores a los 500 euros anuales.
Importe y periodicidad:
El bono social de electricidad es un descuento sobre la factura eléctrica dirigido a unidades de convivencia vulnerables. Los descuentos que se aplican son los siguientes:
-
Descuento del 25% para todas las familias vulnerables. De forma excepcional, el descuento es del 65% hasta el 31 de diciembre de 2023.
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Descuento del 40% para familias vulnerables severas. De forma excepcional, el descuento es del 80% hasta el 31 de diciembre de 2023.
Para considerar a una unidad de convivencia como vulnerable severa debe cumplir los siguientes requisitos:
-
Que sus ingresos no superen el 50% de los umbrales fijados para las unidades de convivencia vulnerables.
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En el caso de las familias numerosas tendrán un umbral de ingresos de 16.800 €/año (dos veces el IPREM).
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En el caso de las unidades de convivencia con todos los miembros con una pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente, el umbral de ingresos será de 8.400 €/año (igual en el IPREM).
Además, las personas que cumplan los requisitos para ser consumidoras vulnerables severas y sean atendidas por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de la factura, serán consideradas “consumidoras en riesgo de exclusión social”, y su suministro no podrá ser interrumpido.
Las personas beneficiarias del bono social eléctrico también serán beneficiarias del bono social térmico, sin necesidad de realizar ningún trámite.
Las personas residentes en la ciudad de Barcelona, también se pueden dirigir a los Puntos de Asesoramiento Energético, que son un servicio del Ayuntamiento de Barcelona que ofrece la información, la atención y la intervención necesarias para que las personas puedan ejercer sus derechos energéticos y las compañías no les nieguen el acceso a los suministros básicos.
os trámites para solicitar el bono social eléctrico deben realizarse directamente con la comercializadora de referencia. Se pueden realizar por diferentes vías:
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Telemáticamente, a través de los formularios online.
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Por correo electrónico, adjuntando una copia de la solicitud y la documentación requerida.
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Presencialmente, rellenando la solicitud y presentando toda la documentación requerida en la oficina más cercana.
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Por correo postal, rellenando el formulario en papel y enviándolo con la documentación solicitada a la dirección de la empresa comercializadora.
Se pueden consultar las comercializadoras de mercado regulado en Cataluña que disponen del bono social eléctrico y sus datos de contacto haciendo clic aquí
La gestión del bono social eléctrico debe solicitarla la persona titular del contrato del suministro eléctrico, y es obligatorio que el contrato sea con una de las comercializadoras de mercado regulado.
En caso de que la persona solicitante no sea titular del contrato de electricidad o no tenga contratado el suministro eléctrico con ninguna de las compañías del mercado regulado se pueden solicitar estos trámites en el mismo momento de solicitar la bonificación. El cambio será automático y gratuito con la aplicación del bono social.
- Documentación necesaria para la tramitación:
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Fotocopia del DNI/NIE del titular del suministro y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años y el libro de familia en su caso.
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Modelo de solicitud y una factura del suministro eléctrico.
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Certificado de empadronamiento de los miembros de la unidad de convivencia.
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Títulos de familia numerosa y/o monoparental, en su caso.
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Certificado de percepción del Ingreso Mínimo Vital emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en su caso.
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Certificado correspondiente para acreditar las condiciones especiales (discapacidad, dependencia, violencia de género).