Organismo gestor: En Catalunya, las compañías comercializadoras del mercado regulado de la electricidad que disponen del bono social eléctrico (pueden consultar el listado de compañías y sus datos de contacto aquí).
El bono social eléctrico es un descuento que aplican las compañías comercializadoras del mercado regulado en la factura de la electricidad. Está regulado por el Gobierno de España y tiene por objetivo proteger a aquellos consumidores con un umbral de renta bajo y/o con otras vulnerabilidades.
El bono social eléctrico debe solicitarlo el titular del contrato a alguna de las compañías comercializadoras del mercado regulado de la electricidad.
- Empadronamiento: La persona que solicita el bono social eléctrico debe ser la titular del contrato y debe estar empadronada en la vivienda que recibe el suministro, en cualquier municipio del estado español.
- Requisitos básicos para solicitar el bono social eléctrico:
Requisito |
Condiciones |
---|---|
Tipo de contrato | Precio Voluntario para el Pequeños Consumidor (PVPC) |
Potencia contratada |
Igual o inferior a 10 kW |
Situación del consumidor |
Debe ser vulnerable, vulnerable severo en riesgo de exclusión social (ver apartado siguiente) |
- Ingresos:
S’estableixen diversos graus de vulnerabilitat en funció dels ingressos de l’any natural anterior:
1. Según renta:
Grado de vulnerabilidad | Límite de ingresos* |
Incremento del límite según miembros de la unidad de convivencia |
---|---|---|
Vulnerable |
12.600 € |
+2.520 € por adulto +4.200 € por menor |
Vulnerable severo |
8.400 € |
- |
Con circunstancias especiales** |
Límites anteriores + 8.400 € |
- |
(*) IPREM 2025 (14 pagas): 8.400 €/año
(**) Circunstancias especiales: personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género o terrorismo, grado de dependencia II o III, familias monoparentales.
2. Otras situaciones específicas
Colectivo | Requisito |
Límite de ingresos |
---|---|---|
Pensionistas | Todos los miembros con pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente |
No pueden disponer de otros ingresos superiores a 500 € |
Familias numerosas | Sin requisito adicional | - |
Perceptores del Ingreso Mínimo Vital | Algún miembro de la unidad de convivencia recibe el IMV | - |
Riesgo de exclusión social |
Ayuda de servicios sociales de 50% de la factura y cumplir como vulnerable severo |
8.400 € |
- Importe:
Estos son los descuentos que se aplican sobre la factura eléctrica en función del grado de vulnerabilidad y otras situaciones específicas:
Descuentos según grado de vulnerabilidad
Period |
Vulnerable | Vulnerable severo |
---|---|---|
1 de enero – 30 de junio de 2025 |
50% | 65% |
1 de julio – 31 de diciembre de 2025 |
42,5% | 575% |
Descuentos en otras situaciones específicas
Colectivo | Vulnerable |
Vulnerable severo |
---|---|---|
Pensionistas (pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente) |
42,5%-50% |
57,5%-65% |
Familias numerosas | 42,5%-50% | 57,5%-65% |
Perceptores del Ingreso Mínimo Vital | 35% | 50% |
Riesgo de exclusión social (los servicios sociales pueden asumir el 100% de la factura, no se corta suministro) |
42,5%-50% |
57,5%-65% |
Las personas beneficiarias del bono social eléctrico, también serán beneficiarias del bono social térmico, sin necesidad de realizar ningún trámite.
Las personas residentes en la ciudad de Barcelona, también se pueden dirigir a los Puntos de Asesoramiento Energético, que son un servicio del Ayuntamiento de Barcelona que ofrece la información, la atención y la intervención necesarias para que las personas puedan ejercer sus derechos energéticos y las compañías no les nieguen el acceso a los suministros básicos.
os trámites para solicitar el bono social eléctrico deben realizarse directamente con la comercializadora de referencia. Se pueden realizar por diferentes vías:
-
Telemáticamente, a través de los formularios online.
-
Por correo electrónico, adjuntando una copia de la solicitud y la documentación requerida.
-
Presencialmente, rellenando la solicitud y presentando toda la documentación requerida en la oficina más cercana.
-
Por correo postal, rellenando el formulario en papel y enviándolo con la documentación solicitada a la dirección de la empresa comercializadora.
Se pueden consultar las comercializadoras de mercado regulado en Cataluña que disponen del bono social eléctrico y sus datos de contacto haciendo clic aquí
La gestión del bono social eléctrico debe solicitarla la persona titular del contrato del suministro eléctrico, y es obligatorio que el contrato sea con una de las comercializadoras de mercado regulado.
En caso de que la persona solicitante no sea titular del contrato de electricidad o no tenga contratado el suministro eléctrico con ninguna de las compañías del mercado regulado se pueden solicitar estos trámites en el mismo momento de solicitar la bonificación. El cambio será automático y gratuito con la aplicación del bono social.
- Documentación necesaria para la tramitación:
-
Fotocopia del DNI/NIE del titular del suministro y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años y el libro de familia en su caso.
-
Modelo de solicitud y una factura del suministro eléctrico.
-
Certificado de empadronamiento de los miembros de la unidad de convivencia.
-
Títulos de familia numerosa y/o monoparental, en su caso.
-
Certificado de percepción del Ingreso Mínimo Vital emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en su caso.
-
Certificado correspondiente para acreditar las condiciones especiales (discapacidad, dependencia, violencia de género).